Tensión admisible en función del asiento

Buenos días:

Algunas normativas (e.g. AASHTO) indican que el asiento máximo de una zapata no puede ser mayor a un cierto valor. Adoptando ese valor de asiento, por ejemplo 5 cm, de la expresión de la píldora se deduce que la tensión admisible es mayor cuanto menor sea la zapata. Esto resulta muy confuso. ¿Sería mejor analizarlo con fuerzas? Es decir, dado el asiento de 5 cm, si comparamos una zapata de 2 m de lado con otra de 5 m, a partir de la tensión admisible calculada se desprende que la fuerza tiene que ser muy superior en la de 5 m. Saludos.
Agustín Cuadrado
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Alejandro Calle
Alejandro Calle
Hola Agustín,

Efectivamente, una manera de entenderlo es convirtiendo el problema a fuerzas, que son magnitudes absolutas. En las píldoras siguientes espero haber podido dejar claro la relación entre tamaño, asiento y tensión admisible.

La clave está en que si ante una fuerza dada (reacción del edificio) incrementamos la zapata disminuimos la tensión, por lo que se reduce el asiento (en realidad hay dos efectos contradictorios pues el asiento aumenta con el tamaño y disminuye con la tensión, pero como están relacionados, duplicar B divide la tensión por cuatro, por lo que la reducción es menor que el incremento).

Saludos
8 mar 2020 - 13:21

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