Soy consciente de que los agujeros rasgados no han sido cubiertos aquí. Sin embargo tengo una duda a priori bastante sencilla relacionada con la geometría que propone la normativa. Un agujero rasgado puede clasificarse en corto o largo en función de la distancia "e" entre ambos centros. Tanto EAE como la diferente bibliografía que he consultado (Argüelles por ej.) proponen un valor de e=2.5d, siendo "d" el diámetro nominal del tornillo. Sin embargo, echando un ojo a la raíz de estos valores , he notado que el Eurocódigo 3 (que a su vez refiere a la normativa EN 1090-2) propone un valor de e=1.5d. Esto sin embargo parece un poco absurdo, ya que al echar un número rápido enseguida uno se da cuenta que los valores de "e" difieren en menos de 5 mm entre agujeros rasgados cortos y largos. Me pregunto por tanto si esto es una errata del EC3. Aunque curiosamente han seguido manteniendo ese valor en la reciente revisión EN1090-2 de 2018.