Hola Carlos. El Eurocódigo 3 y la EAE establecen que cuando se usen agujeros a sobremedida o rasgados, la resistencia a plastamiento sea del 80% y 60% de FbRd respectivamente. Sin embargo, en el apartado relativo a agujeros para tornillos, hablando de cuándo se pueden emplear estos agujeros dice que: "En uniones atornilladas resistentes por rozamiento pueden emplearse agujeros a sobremedida o agujeros rasgados, cortos o largos, para facilitar el montaje de piezas (…)". Esto me resulta confuso ya que por un lado parece que da a entender que se pueden usar agujeros a sobremedida en tornillos que trabajan a cortante (pues lo considera en la ecuación), pero por otro lado tambien da a entender que estos agujeros sólo se pueden usar con tornillos pretensados (donde no hay aplastamiento). Supongo que la única "vía de escape" para no estar en conflicto con ninguna de estas dos indicaciones serían las uniones de Categoria B, es decir pretensado en SLS pero trabajando a cortante en ULS. ¿Podrías por favor aclarar esto?, ¿Se pueden utilizar agujeros a sobremedida o rasgados en uniones de Categoría A? Muchas gracias de antemano.