Me surgen dudas a la hora del esfuerzo máximo que debe resistir la unión. La EAE establece, en su artículo 56.1, que las uniones en extremos articulados de piezas flectadas (caso que nos ocupa) deben resistir al menos el esfuerzo cortante de cálculo obtenido del análisis global de la estructura y en ningún caso deben resistir menos de 1/3 del cortante plástico del perfil.
La unión diseñada resiste menos de ese 1/3 del cortante plástico. Por tanto, ¿qué implicaciones tendría no estar cumpliendo la norma en este aspecto?
Y por otro lado: si una unión tiene un esfuerzo cortante de cálculo muy bajo en comparación con el 1/3 del cortante plástico, ¿hay que cumplir para que resista ese 1/3 del cortante plástico, aunque se esté sobredimensionando la unión?
Gracias de antemano