Buenos días Antonio, las sobrecargas de uso en una terraza acristalada dependerán del uso que se de a esa terraza. En la tabla 3.1 del Documento Básico SE-AE Acciones en la Edificación, se indican valores de sobrecargas en función de diferentes usos. Un saludo Carlos
Buenos días Carlos, me expresé mal, preguntaba sobre si existen sobrecargas de uso sobre la terraza acristalada, sobre el acristalamiento en sí, en la superficie vertical, no horizontal del forjado. Saludos,
Buenos días Antonio, sobre las superficies verticales de una terraza, para un proyecto en España, tendrías que aplicar las cargas horizontales indicadas en el Documento Básico SE AE Acciones en la Edificación en el apartado de Acciones sobre barandillas y elementos divisorios, con valores diferentes dependiendo del uso y aplicado a 1.2m de altura, o sobre el extremo superior del elemento si este fuese de menor altura. Un saludo Carlos Prada