CARGA DE BARANDILLA

Hola, cuando haya succión, ¿no habría que sumarle la carga puntual o lineal del efecto barandilla?
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Carlos Prada Rodríguez
Hola María Luisa. En efecto, si la fachada puede estar sometida a cargas de empuje, se debería aplicar también las cargas de empuje mediante las combinaciones de carga marcadas por la normativa (ELS: a)VS+0.7Emp; b) Emp+0.6VS; ELU: c) 1.5VS+1.05Emp; d) 1.5Emp+0.9VS). Si además la fachada estuviera en una planta baja y pudiese recibir carga de empuje por ambos lados, se deberían considerar también las cargas de empuje combinadas con el viento en presión.
En el ejemplo desarrollado en el curso, para simplificar el cálculo, se indica que se va a suponer que solamente actúa la carga de viento.
Un saludo
Carlos
26 ene 2022 - 06:15

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