Mayoración del peso del edificio

¿No se podría considerar la mayoración de 1.35 en el peso del edificio, en vez de 1.5? Si atendemos a ELU, sería peso de la estructura, es decir, peso propio sin sobrecargas. 1.5 podía considerarse si fuese sobrecarga.
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Javier Mataix Durá
Buenas tardes Sr. Ariza,

Por como realiza la pregunta, esta parece derivar de algún ejercicio o ejemplo, del cual no tengo conocimiento, pero me permito trasladarle lo que indica la normativa, concretamente el CTE DB-SE Seguridad Estructural.




Para el caso de ELU, la mayoración de cargas de peso propio o cargas muertas (cargas permanentes) se aplica el coeficiente de mayoración de 1,35, mientras que el coeficiente de mayoración de 1,5 se aplica a sobrecargas (cargas variables).


Por lo tanto, con respecto a su pregunta,

-       El coeficiente de mayoración de cargas para las cargas permanentes de un edificio es de 1,35 y el valor de 1,5 será para las cargas variables.

 
Tenga en cuenta que estos coeficientes son para cálculos de elementos estructurales, mientras que para el cálculo de la tensión a transmitir sobre el terreno, no se mayoran las cargas (ninguna de ellas), dado que cuando el Estudio Geotécnico nos da el valor de la tensión admisible del terreno, ésta ya lleva un coeficiente de minoración de 3, como bien indica el CTE DB-SE:Cimientos,

 


Un saludo.





5 abr 2023 - 19:16

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