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Determinación cuantía mecánica volumétrica

Me gustaría plantearos una cuestión sobre la cuantía mecánica volumétrica de armadura transversal en soportes de hormigón.

Previo a la consulta en sí, me gustaría hacer el siguiente comentario sobre dicha cuantía de armadura:

Con la derogación de la instrucción EHE-08 a raíz de la publicación del Código Estructural ha dejado de estar vigente el Anejo 10 de la EHE-08, donde se recogían recomendaciones para estructuras sometidas a acciones sísmicas. Entre dichas recomendaciones, para soportes se establecía un valor mínimo de la cuantía mecánica volumétrica de armadura transversal en función de la ductilidad de la estructura.

Cuál ha fue mi sorpresa cuando comprobé que en el "flamante" Código Estructural" no sólo no se hacía referencia alguna a dicha cuantía volumétrica, sino que tampoco existía recomendación alguna para estructuras sometidas a acciones sísmicas, quedándonos solamente lo contemplado en NCSE-02.
 
Hasta aquí el comentario, paso a plantearos mi consulta:

La cuantía volumétrica de la armadura transversal de confinamiento es función, entre otros factores, de la relación existente entre el volumen de armadura transversal y el volumen de hormigón confinado.
Me ha surgido la duda sobre qué volumen de armadura transversal se debe considerar para la determinación de la cuantía. Explico por qué:
en el caso de un soporte con un único cerco el volumen a considerar es el correspondiente a los cuatro lados del cerco. Pero en el caso de que además existan cercos y horquillas interiores, cómo los que se muestran en la imagen adjunta, me surge la duda sobre los criterios a seguir para considerar o no los cercos interiores.
 
La duda me ha surgido porque en el caso de precisar una cuantía volumétrica determinada, para una sección de hormigón dada, se podría conseguir disponiendo, además del cerco exterior, horquillas y cercos interiores, sin tener certeza de que ejerzan la misión de confinamiento.
 
¿Podríais indicar dichos criterios?

Muchas gracias
Javier Rubio Mármol
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Javier Mataix Durá
Buenos días, Javier,

Respecto de tu consulta, el criterio que yo utilizo es el siguiente:

- Cuantía volumétrica de armadura transversal para confinamiento: únicamente la armadura transversal que se encuentre en el perímetro de la sección de hormigón a considerar como confinada. Si se necesita más cuantía volumétrica, colocar los cercos transversales a una separación St menor (mejor que aumentar el diámetro de la armadura transversal).

- Horquillas y cercos interiores: únicamente para arriostrar las barras de armadura longitudinal que no queden en las esquinas en caso de que queramos considerarlas para que trabajen a compresión. evitando el pandeo de éstas.

Por lo tanto, las horquillas y cercos interiores no debes considerarlos en la obtención de la cuantía volumétrica de armadura transversal para confinamiento.

Un saludo.

13 dic 2024 - 13:08
Javier Rubio Mármol
Buenas tardes, Javier.
Te agradezco la respuesta. No he encontrado bibliografía al respecto.
Considero muy razonable las consideraciones que planteas.
Un saludo.
14 dic 2024 - 14:16

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