Sobrecarga Terraza

Hola. 
Tenemos unos lofts con acceso a cubierta. Considero que la sobrecarga de uso debe ser 2kN/m2 ya que es la sobrecarga de la zona inferior desde donde se accede.
El cliente dice que sería 1 kN/m2 ya que es una cubierta transitable accesible sólo privadamente. 
Yo lo tengo claro pero el cliente me pide una justificación normativa.
Para mí es clara, es una terraza, no una cubierta y su uso es el mismo que el piso inferior, pero no le parece suficiente. ¿Os ha pasado algo parecido?
Gracias
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Álvaro Pérez
Hola Ignacio
Buena pregunta. Es una dicotomía que en el caso de ser obra nueva, creo que te permite dormir mejor la opción de considerarlo como terraza, no cubierta. El sobrecoste de ese kN/m2 es ridículo en comparación con la incertidumbre de que un día hagan una fiesta en la terraza y vengan los sustos. Otra cosa sería que la cubierta no tenga peto, que haya instalaciones fotovoltaicas o solares, o que sea una cubierta invertida y esté protegida por grava, vamos, que no se preste a la aglomeración de personas...
6 feb 2025 - 12:04
Javier Mataix Durá
Buenas tardes Ignacio,

Según indicas, se trata de una cubierta transitable accesible solo privadamente, por lo tanto, según el cumplimiento estricto de la normativa, el cliente tiene razón, se debe aplicar una sobrecarga de uso de 1KN/m2, según indica el Código Técnico de la Edificación (CTE).





Por otro lado, indicarte que las cargas que indica el CTE son las mínimas a considerar. Si el proyectista estima, junto con el cliente, que tendrá un uso "especial" o "especifico" que se verá sometido a cargas superiores, el sentido común indica que se apliquen dichas cargas.

Un saludo.


25 abr 2025 - 18:19

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